VEHÍCULOS DE CARGA PESADA DEBERÁN TRANSITAR EN LOS HORARIOS ESTABLECIDOS
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El alcalde de Barrancabermeja, Jonathan Vásquez Gómez, expidió el 29 de abril el Decreto No. 141 de 2024, por medio del cual
se establecen restricciones temporales para el tránsito de vehículos de carga de 10 o más toneladas de capacidad de carga en el área urbana del Distrito y se dictan otras disposiciones, cuyo control y cumplimiento le corresponderá a la Inspección de Tránsito y Transporte. De esta manera, el mandatario local da cumplimiento al compromiso adquirido el pasado 18 de abril con los líderes comunales y sociales, en el marco de las protestas en el sector conocido como Obras Públicas, generadas por el fallecimiento de una menor de 9 años que fue arrollada por una tractomula cuando se desplazaba en moto con la mamá. Se ordena restringir el tránsito de vehículos de carga de diez 10 o más toneladas de capacidad de carga así: De lunes a viernes, exceptuando los días festivos, en el horario de 05:30 a.m. a 07:30 a.m. y 11:30 a.m. a 02:30 p.m., y de 5.00 p.m. a 7.00 p.m. Esta restricción aplica en los siguientes sectores viales: .- Calle 71 desde la carrera 18 (Puerta 25 de agosto) hasta la carrera 29 con transversal 29 (Colegio Jean Piaget).
.- Transversal 29 desde la carrera 29 hasta la calle 61(Energética la 36).
.- Calle 61 desde la transversal 29 hasta la carrera 34B con diagonal 60 (Postobón).
.- Diagonal 60 desde la carrera 34B hasta la calle 66D (Secretaría de Infraestructura).
.- Calle 66D desde la Diagonal 60 hasta la Diagonal 65 (Glorieta de Fertilizantes).
.- Diagonal 65 desde la transversal 44 hasta la Diagonal 64 con transversal 48 (Subestación
eléctrica San Silvestre de la ESSA).
.- Transversal 48 desde la diagonal 65 hasta la Diagonal 54 (Lavadero y Hospedaje
Mechas).
Fecha de publicación 01/05/2024
Última modificación 03/05/2024